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Conflicto de intereses / Intereses en competencia

La investigación científica tiene diversas implicaciones de orden personal e institucional, dichas implicaciones se pueden traducir en conflicto de intereses. Uno de los productos de la investigación científica que expresa en gran medida dicha problemática, es la comunicación de los resultados de la misma a través de artículos científicos.

En dicho contexto, en todo momento de su actuación, el Coordinador de la CORI, los Editores Principales, los integrantes de cada uno de los Comités Editoriales, autores, revisores técnicos, árbitros, y todo el personal involucrado en el proceso editorial, deberá en su caso, declarar posibles conflictos de intereses, excusándose de participar en el proceso.

Los conflictos de intereses pueden tener un origen o naturaleza diversa, ya se trate de parentesco consanguíneo o político, vínculos económico-financieros, motivos de índole político, religioso y cultural, celos profesionales, etcétera.

Las revistas orientan sus esfuerzos a cumplir las normas institucionales de conflictos de intereses, en su caso las normas nacionales e internacionales de conflictos de intereses.

Los autores deberán declarar los apoyos económico-financieros, de infraestructura, de material biológico que les sean proveídos por empresas privadas. Deben declarar que la mención de marcas comerciales no implica ninguna recomendación (Carta de Declaración de Conflicto de Interés).

En caso de detectarse o presentarse conflicto de intereses, estos se abordaran a partir de lo establecido en los Lineamientos Generales para la Gestión Editorial de las Revistas Científicas de la Universidad Autónoma Chapingo y en el Manual de Buenas Prácticas Editoriales.